16 de Septiembre de 2.020
Circular Nº 100/20
Le informamos que la DIRECCIÓN GENERAL DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO y SEGURIDAD SOCIAL, en su condición de Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha emitido el CRITERIO TÉCNICO Nº 103/2020 SOBRE ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL RELATIVAS A LA HABILITACIÓN CONTENIDA EN EL REAL DECRETO-LEY 21/2020, DE 9 DE JUNIO, EN RELACIÓN CON LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN E HIGIENE PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19 EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
Su contenido se estructura en dos ejes fundamentales:
I.- ACTUACIONES INSPECTORAS PARA VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS PREVISTAS EN EL REAL DECRETO-LEY 21/2020.
En primer lugar, el Criterio Técnico procede analizar los principales aspectos de la habilitación contenida en el Real Decreto-ley 21/2020, introducida por el Real Decreto-ley 26/2020 (del cual le informamos en nuestra circular 79/20 de fecha 10.07.2020). El citado Real Decreto-ley 26/2020 procedió a incluir en el ámbito de aplicación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la facultad de vigilar el cumplimiento de las obligaciones exigibles en materia de higiene en los centros de trabajo, de protección personal de las personas trabajadoras y de adaptación de las condiciones de trabajo, la organización de los turnos o la ordenación de los puestos de trabajo y el uso de las zonas comunes).
En segundo lugar, articula la necesidad de documentar las medidas organizativas, técnicas y de higiene establecidas por el artículo 7.
En tercer lugar, se refiere a la necesaria y exigible participación que los trabajadores y sus representantes deben tener en el proceso de aprobación de las medidas de protección
II.- ACTUACIONES DE LA INSPECCION DE TRABAJO PARA VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES Y LABORAL.
Por último, incluye un ANEXO relativo a los PROCEDIMIENTOS DE COORDINACIÓN CON LAS AUTORIDADES SANITARIAS