Circular 114/20 Información Económica 6-11-2020

noviembre 6, 2020 CGS Asesorías

6 de Noviembre de 2020

Circular Nº 114/2020

 

INFORMACIÓN ECONÓMICA

  • Hacienda prepara en la actualidad una normativa que permita de nuevo entrar a la Inspección en los domicilios de las personas físicas y de las empresas, sin necesidad de avisar al contribuyente, ha anunciado el director general de la AEAT. Así, ha explicado que ese derecho protegido constitucionalmente hay que conciliarlo con el hecho de que un investigador, con autorización judicial, pueda acceder a esos locales sin previo aviso, porque hacerlo tras el aviso no vale para nada cuando puede haber destrucción de pruebas.

  • El Gobierno quiere impulsar el segundo pilar del sistema de pensiones, los planes de empleo, en detrimento del tercero, los planes de pensiones del sistema individual (el primer pilar es el sistema público de pensiones). Los expertos no esperan mayor ahorro a través de estos productos. Tampoco que crezca el número de planes de empresa por los costes asociados. Actualmente el número de trabajadores que dispone de un plan de empleo se encuentra por debajo de los 2 millones (algo que no sucedía desde 2009). En concreto, en 1,96 millones. Visto desde otra perspectiva significa que solo uno de cada diez trabajadores en España se beneficia de uno. Aun así, el 66% no realiza ninguna aportación a su plan de empresa, según los últimos datos disponibles.

  • La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha puesto el foco sobre 30.883 ERTE hasta la fecha para comprobar si se correspondían legalmente con las necesidades de las empresas. De esta cantidad, la Inspección ya ha finalizado el análisis de 18.256 ERTE, detectando fraude y, por tanto, extendiendo propuestas de infracción en un total de 2.155 expedientes, lo que supone el 7% del total que está estudiando. Estos datos han sido facilitados hoy por el secretario de Estado de Empleo, quien, sin embargo, no ha podido informar del número total de nuevos ERTE que se están realizando con las nuevas condiciones pactadas para el periodo que va desde el 1 de octubre al 31 de enero próximo.

 

  • El TS exime del requisito de convivencia a víctimas de violencia género para cobrar la pensión de viudedad en parejas de hecho. Siempre que cumpla los restantes requisitos legalmente exigidos, tiene derecho a la pensión de viudedad de parejas de hecho la mujer que, por razón de violencia de género, no estaba ya unida ni convivía con la pareja en el momento del fallecimiento de ésta, haciendo así una interpretación del artículo 174.3 de la Ley General de la Seguridad Social de 1994 (actual artículo 221.1 LGSS de 2015) con perspectiva de género. Para el alto tribunal, no es razonable el requisito de convivencia entre los miembros de la pareja cuando concurre violencia de género, donde la protección de la mujer lo que exige precisamente es el cese de esa convivencia.

 

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