30 de Mayo de 2014
Circular nº 24/14
INFORMACIÓN ECONÓMICA
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El indicador adelantado del IPC sitúa su variación anual en el 0,2% en mayo, dos décimas inferior a la registrada en abril. En este comportamiento destaca la bajada de los precios de los alimentos y bebidas no alcohólicas, frente a la subida registrada en 2013.
- El salario medio español se situó en 1.634 euros mensuales en 2013, un 0,3% menos que en 2012, su primer descenso desde 1949, según un estudio de Adecco elaborado en colaboración con los investigadores de Barceló y Asociados. Ahora, la mayor distancia salarial se encuentra en la industria (1.860 euros) y los servicios (1.591 euros). Desde 2008, la pérdida acumulada es del 4,1%, pero excluyendo la revalorización de los salarios en 2009 (+3,4%), se acumula una pérdida de poder adquisitivo del 7,3% en cuatro años.
- La economía española registra un crecimiento trimestral del 0,4% en el primer trimestre de 2014. La contribución al crecimiento agregado de la demanda nacional es un punto y tres décimas superior a la registrada en el trimestre anterior, situándose en 0,7 puntos, mientras que la demanda exterior reduce su aportación al PIB trimestral en seis décimas respecto al trimestre pasado (de 0,4 a –0,2 puntos). El empleo de la economía en términos de puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo registra una variación trimestral del 0,1%, similar a la experimentada en el trimestre anterior. En términos anuales, el empleo desciende a un ritmo del 0,3%, decrecimiento un punto y tres décimas inferior al registrado en el cuarto trimestre de 2013, lo que supone una reducción neta de aproximadamente 55 mil puestos de trabajo equivalentes a tiempo completo en un año. Por su parte, las horas efectivamente trabajadas crecen a una tasa anual del 0,1%.
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La nueva ley de seguridad privada contiene aspectos que repercuten en el ámbito laboral. Resulta esencial ser conscientes que desde junio, cuando se recurra a una empresa de seguridad o a detectives es preciso suscribir un contrato escrito y comunicarlo al Ministerio del Interior u órgano autonómico competente. Por su parte, los detectives pueden investigar sobre conductas o hechos privados relacionados con el ámbito laboral, con la excepción de que constituyan delitos perseguibles de oficio, teniendo igualmente en cuenta que se debe dejar al margen de la investigaciones la vida personal, familiar o social del trabajador que se desarrolla en los domicilios o lugares reservados. Estos puntos que hemos reseñado permiten concluir que desde el día 5 de junio, fecha de entrada en vigor de la Ley, la empresa que presente pruebas en juicio obtenidas por detectives debe estar segura de poder aportar en la vista, tanto el informe final, como el contrato en el que conste el encargo de investigación, ambos realizados y ejecutados conforme a los condicionados y límites expuestos.