diciembre 27, 2013 CGS Asesorías

(RETENCIONES, ALQUILER Y TRABAJADORES, Antes del 20 de Enero de 2014)

 (IVA Y PAGOS FRACCIONADOS DE I.R.P.F, Antes del 30 de Enero de 2014) 

Si tributa por el sistema de módulos, le comunicamos que para confeccionarles el modelo de I.V.A correspondiente al cuarto trimestre, deberá hacer llegar a nuestras oficinas todas las facturas recibidas durante el año que se refieran a su actividad, si estuviera obligado a presentarlo. Para la confección del modelo de IRPF solicitamos nos aporten documentación necesaria si se ha producido alguna modificación en cualquiera de sus módulos.

Si su estimación es la Directa Simplificada, o la Directa Normal, recuerde que para confeccionar el Pago Fraccionado sobre la Renta y liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido deberá aportar la cifra de ingresos y gastos, detallados estos últimos por conceptos, así como la cifra de IVA repercutido y soportado. Si le confeccionamos los libros de ingresos y gastos en la Asesoría deberán estar aquí todas las facturas del mes de Diciembre antes del próximo día 10 de Enero.

Si su empresa es una Sociedad Anónima, Limitada o una Cooperativa, deberá aportarnos la Base Imponible de sus ingresos con la cuota de I.V.A devengada y la cuota de I.V.A que haya soportado en todas sus compras y gastos. Igualmente si ha confiado la contabilidad a esta Asesoría deberá estar aquí toda la documentación contable del mes de diciembre antes del próximo día 10 de Enero.

Si además de los habituales impresos está Vd. pagando un alquiler por su local comercial también deberá hacer el correspondiente modelo para liquidar el I.R.P.F. que deberá aparecer en sus recibos de arrendamiento.

Si durante el trimestre ha pagado facturas a algún profesional en la que le hayan practicado alguna retención, deberá comunicárnoslo para hacerlas incluir en el modelo 111, así como cualquier operaciónrealizada con otro país, siempre que pertenezca a la ComunidadEconómica Europea. Estos movimientos se tienen que contemplar en un impreso específico, aparte de los que presenta habitualmente.

Le recordamos que en este último trimestre deberán presentar, además de los impresos habituales, los resúmenes anuales correspondientes al I.V.A e I.R.P.F, que corresponderán con los modelos 390 o 371, según su actividad se encuentre en régimen general o simplificado y modelos 190,180 para I.R.P.F de trabajadores y alquiler respectivamente. Modelos que nos encargaremos de presentar vía telemática.

 

Como siempre les informamos que si lo desean les podemos gestionar el pago de todos sus impuestos.

IMPORTANTE PARA UN MEJOR SERVICIO LE AGRADECEREMOS LA COLABORACIÓN EN LA DILIGENCIA, POR SU PARTE, ENTREGUEN LA DOCUMENTACIÓN DENTRO DEL PLAZO QUE MAS ARRIBA SE INDICA. EN CASO CONTRARIO NO GARANTIZAMOS EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DENTRO DEL PLAZO LEGAL.

 

Atentamente,

firma-antonio-lopez

 

 

 

 

 

Antonio López Rodríguez

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