10 de Marzo de 2016
Circular Nº 19/16
CAMBIO DE BASE DE AUTÓNOMOS
Les comunicamos que, como máximo hasta el 30 de Abril de 2016, tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar, dentro de los límites permitidos según su edad.
Si están interesados en modificar la citada base o cuota (con la finalidad de aumentar la base de cálculo de la jubilación o la baja de incapacidad temporal), les agradeceríamos que nos lo hicieran saber con la máxima antelación posible.
Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2016):
* 29,90 % = 29,80 % + 0,1 % (para los autónomos sin protección por contingencias derivadas de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y cese de actividad)
Asimismo, les informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan 47 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.945,80 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.964,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016.
Si se encuentra en este supuesto y desea cambiar la situación, rogamos nos lo indique con la máxima antelación posible.
Todas estas modificaciones tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2016.
Para cualquier aclaración o ampliación pueden contactar con nuestro despacho.